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Código Penal Artículo 236 bis Estado de Baja California


Código Penal Baja California
Artículo 236 bis. Simulación de ingresos para cumplir con las obligaciones alimentarias

Al que dolosamente simule la percepción de sus ingresos, con el propósito de eludir la obligación de ministración correcta de alimentos al acreedor o acreedores alimentarios conforme lo determina la Ley, se le impondrá prisión de dos a siete años, así como el pago de todas las cantidades que por concepto de alimentos hubiere dejado de ministrar correctamente conforme a los dispuesto por la Ley. 

El Delito previsto en este artículo se perseguirá por querella de la parte ofendida o de su legítimo representante y, a falta de éste, el Ministerio Público procederá de oficio, a reserva de que promueva la designación de un tutor especial.



Estado de Baja California Artículo 236 bis Código Penal
Artículo 1 ...235 bis 236 236 bis 237 237 bis ...358
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buen dia tengo un contrato de compra venta de propiedad de terreno en la que dice como siempre con letra pequeñas que el terreno no se puede vender, no especifica a quien. si hago donacion del mismo se cancela la clausula espero y puedan ayudar con la duda gracias



Hola, hace años se trataba de hacer una reforma en este articulo para incluir ingenieros biomedicos ¿Se logró?



Revisa tu contrato ahi debe estar estipulado el horario laboral, si la empresa atenta contra dicho contrato se puede llevar a juicio por incumplimiento



Hola, me sacaron un crédito automotriz a mis espaldas, me engañaron y firme el crédito con el banco. la persona que tiene el coche no lo quiere devolver ya que no ha pagado 4 mensualidades que puedo hacer. Reportarlo como robo o por abuso de confianza?



En mi Centro de Trabajo aplican el Artículo 52, último párrafo cuando se tiene una falta de asistencia sin justificar (levantan un acta administrativa) ¿Es correcto?



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